10 de diciembre de 2013

La decisión de la la Procuraduría tiene un sesgo ideológico

Gustavo Petro se ha caracterizado por ser un político honesto y luchador implacable contra la corrupción. El programa de la Alcaldía de Bogotá, Bogotá Humana, lo han consagrado como un alcalde al servicio de los ciudadanos, que defiende lo público, que invierte en educación y primera infancia y pero sobre todo, que sí cumple, pues la ejecución obedece a la propuesta que presentó a la ciudadanía capitalina en las elecciones pasadas.
El pasado 20 de junio el procurador Alejandro Ordoñez, cometiendo claro abuso de sus facultades le formuló pliego de cargos por el cambio de modelo en la recolección de basuras de Bogotá, pasando este de las manos de privados a manos de la ciudadanía como empresa pública. Tres faltas basan la actuación cuestionable del Procurador:


1) Haber decidido “que las empresas del Distrito asumieran la prestación del servicio público de aseo” quitándoselo a los privados
2) Haber adoptado por decreto el esquema de aseo público
3) Haber utilizado volquetas para la recolección de basuras, dada la emergencia que provocó la negligencia y mala fé de los recolectores privados, ya que según consta en los registros del relleno Doña Juana, miles de toneladas dejaron de entrar en aquellos días.

La decisión de la la Procuraduría tiene un sesgo ideológico. Según el pliego de cargos al habérsele transferido la responsabilidad de la recolección de las basuras al Distrito “se violó el principio constitucional de la libertad de empresa impidiéndose que otras empresas, distintas a las entidades oficiales de Bogotá, prestaran el servicio en igualdad de condiciones”. Es decir que solo los privados que monopolizaban la prestación del servicio tiene derecho a la libertad de empresa, libertad de empresa de la mafia en contra de los bolsillos de los Bogotanos.
Un procurador no puede destituir a un funcionario elegido por voto popular, pues el terreno de dicho ente es exclusivamente el disciplinario y la destitución entrañaría una extralimitación de funciones. Solo los jueces tienen la facultad de quitarle la investidura política a un funcionario elegido popularmente. Lo que demuestra Ordóñez es que un fanático fascistoide que ajusta la normatividad jurídica a sus intereses particulares.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Deja tu opinión, todas son válidas en el marco del respeto.