24 de julio de 2013

COMUNICADO DE PRENSA


Julio 23 de 2013

Concejal Yezid García no acepta la recusación

El concejal Yezid García fue uno de los nueve concejales recusados el pasado 17 de julio por el concejal Javier Palacio, con el argumento de haber sido presuntamente señalado por el secretario de gobierno de tener intereses en la aprobación del cupo de endeudamiento.

Recusación que fue rechazada tajantemente por Yezid García. “No acepto la recusación porque no tengo ningún interés particular y directo en la regulación, gestión, control o decisión del asunto y mucho menos mi cónyuge, o alguno de mis parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil, o su socio o socios de hecho o de derecho. Jamás mis parientes cercanos, ni yo, hemos tenido interés en contratar con el Estado. Nunca hemos deseado sostener nuestras vidas con recursos públicos”, señaló el concejal.


Adicionalmente, García Abello llamó la atención sobre varios aspectos que demuestran la improcedencia de la recusación presentada por Javier Palacio.
El primero de ellos es que el secretario de gobierno, Alfonso Jaramillo, en las declaraciones dadas al diario El Tiempo, no se refiere al proyecto de acuerdo sobre el cupo de endeudamiento cuando dice que “ya había obras con predios comprados y también había intereses de algunos concejales para que se construyeran en zonas donde hay poder adquisitivo”, sino que hacía referencia al acuerdo de valorización.

Adicionalmente, con dicha frase del secretario de gobierno no se puede interpretar que algunos concejales tengan intereses de beneficio particular con la realización de obras; por el contrario, en los debates públicos los concejales recusados expresaron su interés en la realización de obras en sectores de poder adquisitivo a través de valorización. “Por tanto Javier Palacio saca de contexto y tergiversa al secretario de gobierno” precisó García Abello.

De otra parte, advierte que la mesa directiva del Concejo cometió una omisión grave al no someter a discusión de la plenaria la aprobación de la recusación, faltando a lo dispuesto por el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, la Ley 1437 de 2011, que señala en su artículo 12 que los trámites de recusaciones deben ser resueltos por el superior jerárquico, que en el caso del Concejo es la plenaria. Sólo en caso de que faltase el superior jerárquico, la recusación debe ser enviada directamente al procurador regional.

“Esta tramposa maniobra política del Concejal Palacio para impedir la realización de obras y el progreso de Bogotá, expresada en forma de recusación a nueve concejales, no ha cumplido el trámite establecido en la norma mencionada, ya que la autoridad máxima del Concejo de Bogotá, la plenaria, no ha decidido de plano, tal y como lo exige la ley. Por tanto, no se ha surtido el trámite legal de la recusación” expresó Yezid García.

Los errores cometidos tanto por el concejal Javier Palacio como por la mesa directiva del Concejo pueden redundar en una investigación por calumnia y falsa denuncia en el caso de Palacio, y en una sanción disciplinaria contra la presidencia del Concejo.

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